
5114aaae02b3e5fda8190c13a6bfbf92.ppt
- Количество слайдов: 79
Materia: ASPECTOS LEGALES y ECONOMICOS DEL GOBIERNO CORPORATIVO Profesor Marcelo Villegas • Universidad CEMA • Maestría en Finanzas • (orientación Aspectos Legales de las Finanzas) •
Tabla de Contenidos 1. 2. 3. Importancia del Gobierno Corporativo Tendencias del Derecho Comparado Régimen de las Sociedades Cotizadas en Argentina 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 4. 3. 1 Conceptos Básicos: Oferta Pública; Valores Negociables e Interés Social 3. 2 Información y Transparencia 3. 3 Rol Directorio y Comité de Auditoria 3. 4 Derechos de los Accionistas y Rol de los Inversores Institucionales 3. 5 Régimen de las OPA´s 3. 6 Estructura de Capital y reorganizaciones societarias. Adquisición de Acciones Propias 3. 7 Enforcement y régimen Sancionatorio. Arbitraje Obligatorio. Conclusiones 2
1. - IMPORTANCIA DEL GOBIERNO CORPORATIVO 3
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO QUE OBJETIVO TIENE EL GOBIERNO CORPORATIVO? “El gobierno corporativo no tiene más objetivo que fortalecer la confianza, suministrando instrumentos de salvaguardia y supervisión aptos para alinear los incentivos de los insiders (el equipo directivo y el grupo de control) con los intereses de los outsiders (los accionistas minoritarios y proveedores de financiamiento externo)”. PAZ ARES, “EL GOBIERNO CORPORATIVO COMO ESTRATEGIA DE CREACIÓN DE VALOR” (Bogotá, 25 de junio de 2003). 4
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO PORQUE ES UN TEMA QUE DEBEN ATENDER LAS EMPRESAS, LOS INVERSIONISTAS Y LOS GOBIERNOS? Una política de esta clase puede ser un negocio redondo para todos; para las empresas, porque les ayuda a captar nuevos fondos y a rebajar su coste de capital; para los inversionistas, porque les ayuda a reducir al riesgo de cartera y a mejorar sus expectativas de rendimiento; para los mercados, porque les ayuda a ganar tamaño, profundidad y liquidez. PAZ ARES, “EL GOBIERNO CORPORATIVO COMO ESTRATEGIA DE CREACIÓN DE VALOR” (Bogotá, 25 de junio de 2003). 5
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO QUE DIMENSIONES TIENE EL GC? La confianza no se devuelve, sin embargo, de la noche a la mañana. Requiere la convergencia de muchas iniciativas y la conjunción de esfuerzos del sector público (gobierno corporativo insitucional) y del sector privado. Aquí interesan sobre todo las iniciativas y esfuerzos privados y, especialmente, los compromisos que voluntariamente decidan adoptar las empresas (gobierno corporativo contractual). ” 6
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO PORQUE EL GC SE HA CONVERTIDO EN UN TEMA CLAVE? • Fuerte presión por escándalos para muchas empresas y reguladores • Los interesados solicitan más y mejor exposición de información • La confianza de los inversores está en su punto más bajo • Los reguladores establecen normas más estrictas • Aumenta la responsabilidad de los funcionarios y directores de sociedades • Los errores dañan la reputación, credibilidad y la capacidad de realizar negocios • El CFO y el CEO enfrentan nuevas responsabilidades y riesgos personales 7
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO QUE SIGNIFICA HOY HABLAR DE UN BUEN GC? • No sólo se trata de leyes y reglamentaciones (marco institucional), sino de hacer lo correcto para los accionistas y otros interesados • Es un concepto más amplio que los Directorios y Comités de Auditoria; se extiende por toda la organización, incluye elementos de control interno, ética, distintas funciones de riesgo, políticas y procedimientos, auditoría interna y auditoría externa • Exige transparencia en la exposición, comunicación efectiva, medición contable adecuada, y responsabilidad como elementos esenciales del buen gobierno corporativo 8
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO I Directorio Independiente Auditoría Externa Independiente Comité de Auditoría sólido Claves Transparencia Auditoría Interna Efectiva Codigo de Etica Marco de Control Interno Gestión de Riesgos Efectiva 9
ON >> NUEVA ESTRUCTURA DE PODER CORPORATIVA ICI EX PO S Comunidad inversora TO DI AU Estatal y regulatorio PROPIETARIOS >> N CIO UN ICA OM Políticas y Marco de Funciones procedimientoscontrol interno de riesgo Gerencia de línea Comunidad financiera NA R TE GERENCIA EJECUTIVA IN << C Comités Especiales AE Código de Ética Responsabilidad Social RN TE Comité de Auditoría EX Directorio A RI FIDUCIARIOS Empleados y Clientes Ambiente de negocios Accionistas Gerencia de unidades de negocio MEDICION Y RESPONSABILIDAD 10
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO QUE MEDIMOS AL HABLAR DE UN BUEN GC? • Directorio independiente y efectivo • Comité de Auditoría fuerte y muy capacitado • Comité de Remuneraciones que armonice la compensación de los ejecutivos con el valor de los accionistas • Comité de Designación que asegure un gobierno efectivo del Directorio • Un marco sólido de control interno • Código de ética /Mejores Prácticas • Políticas y procedimientos claros y que se cumplan en la práctica • Gestión de riesgo efectiva en la empresa • Función de auditoría interna eficiente y con buenos recursos • Auditoría externa independiente y efectiva • Información transparente (cuantitativa y calitativamente), comunicación efectiva y sistemas para asegurar una 11 asignación de responsabilidad efectiva.
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO INSTITUCIONAL “LAW MATTERS. . . !” • • • Derecho de los Acreedores Régimen de Garantías Enforcement Ley de Quiebras y marco legal de acuerdos informales Transparencia y tratamiento equitativo Gobierno Corporativo y marco legal societario adecuado EFECTOS ECONOMICOS n Migración del ahorro n. Preferencia por activos líquidos y de corto plazo n. Disminución de la oferta de bienes y servicios n. Aumento de los costos de información y transacción n Subutilización del capital n Afecta a las Inst. Económicas (dinero, crédito, etc. ) n. Afecta la cohesión social 12
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO INSTITUCIONAL: LA LEY Y SU ENFORCEMENT SON MECANISMOS DE PROTECCION AL INVERSIONISTA • Ley de Sociedades • Ley de Quiebras • Ley del Mercado de Valores • Ley de OPAs • Transparencia & Derechos Consumidor financiero • Cortes & Reguladores • Protección de accionistas & acreedores • Forzar la revelación oportuna de información precisa Al financiar las empresas los inversionistas obtienen derechos o poderes a cambio. Si esos derechos no se encuentran efectivamente protegidos, los inversionistas podrían perder su inversión. Implicación: Mayor protección efectiva al inversionista conduce a mercados financieros más profundos y a mejores términos de financiamiento para las empresas 13
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO Law and finance (La Porta et al. 1998): Mercados financieros se debilitan con baja protección legal a los inversores. Usando una muestra de 49 países, se demuestra que países con pobres niveles de protección al inversor tienen mercados de capitales más chicos y menos profundos. n QUE SABEMOS HOY DE LA INFLUENCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO INSTITUCIONAL? Corporate ownership around the world (La Porta et al, 1999): Mayor protección implica estructuras de propiedad más dispersa y mercados más profundos. n n. Investor protection and corporate valuation (La Porta et al, 1999): Mejores valuaciones en firmas en países con mejor protección legal. Comparative economics (Djankov et al, 2003): Buenas instituciones económicas son aquellas que garantizan los derechos de propiedad, aseguran el retorno de los inversores, establecen y resuelven contratos, y controlan el desorden, la coima, la expropiación, el terrorismo, etc. n 14
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO ESTANDARES INTERNACIONALES 1. 2. 3. 4. Economies with access to international capital markets are encouraged to subscribe to the more stringent SDDS and all other economies are encouraged to adopt the GDDS. The World Bank is co-ordinating a broad-based effort to develop a set of principles and guidelines on insolvency regimes. The United Nations Commission on International Trade Law (UNCITRAL), which adopted the Model Law on Cross-Border Insolvency in 1997, will help facilitate implementation. Relevant IAS are currently being reviewed by the IAIS and IOSCO. The International Accounting Standards Board (IASB) and the International Federation of Accountants (IFAC) are distinct from other standard-setting bodies in that they are private sector bodies. 15
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO ESTANDARES INTERNACIONALES Principios OECD Revisados (1999; 2004) I. - Garantizar la base de un marco eficaz para el GC II. - Los derechos de los Accionistas y funciones claves en el ámbito de la propiedad III. - Tratamiento Equitativo de los Accionistas IV. - El papel de las partes interesadas en el ámbito del GC V. - Divulgación de datos y transparencia VI. - Las responsabilidades del Consejo 16
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO n. Mc. Kinsey, QUE SABEMOS HOY DE LA INFLUENCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO CONTRACTUAL? en L. A los inversores institucionales estarían dispuestos a pagar una prima mayor al 20% n. Calificadoras globales: Standard & Poor’s (S&P); Governance Metrics International (GMI); en el ámbito europeo: Deminor, en el ámbito de los mercados emergentes: Credit Lyonnais Securities Asia (CLSA). GMI’s premise is straightforward: companies that emphasize corporate governance and transparency will, over time, generate superior returns and economic performance and lower capital cost”. Algo muy parecido leemos en la oferta de servicios de S&P: (v. http: //www. standardandpors. com/emerging markets/corpgov. html) o de Deminor Rating (v. http: //www. deminorrating. com/index. html [“mission statement” y “services to companies”. n. Estudio de Eventos: Ver S. Bhagat y R. Romano, “Event Studies and the Law. Part. II: Empirical Studies of Corporate Law”, working paper núm. 00 -33 del Yale International Center for Finance, abril de 2001, pp. 26 ss. , disponible en http: //papers. ssrn. com/sol 3/delivery. cfm/SSRN_ID 268285_co de 010409500. pdf? abstractid=268285, y B. E. Hermalin y M. S. Weisbach, “Board of Directors as an Endogenously Determined Institution: A Survey of Economic Literature”, 17 Economic Policy Review, abril 2003, pp. 7 ss, esp. 12 -18,
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO n. Gompers, QUE SABEMOS HOY DE LA INFLUENCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO CONTRACTUAL? J. L. Ishii y A. Metrick, “Corporate Governance and Equity Prices”, Quarterly Journal of Economics, 20 (2003), pp. 107 ss. ). muestra de 1500 sociedades cotizadas en las distintas bolsas americanas, entre septiembre de 1990 y diciembre de 1999. El resultado es que una inversión de 1 $ realizada en 1990 en la cartera de las mal gobernadas se habría convertido en 1999 en 3. 339 $; y que la misma inversión en la cartera de las bien gobernadas, se habría convertido en 7’ 07 $. (http: //papers. ssrn. com/sol 3/delivery. cfm/SSRN_ID 278920_c ode 010912510. pdf? abstractid=278920). n. Corporate Governance, Investor Protection and Performance In Emerging Markets (Klapper L. Et al, 2002): Mejor Gobierno Corporativo está relacionado con mejor rendimiento operativo y valuación de las firmas e importan más en países con débil marco legal. n B. S. Black, H. Jang y W. Kim, “Does Corporate Governance Predict Firms’ Market Values? Evidence from Korea. Stanford Law & Economics Olin Working Paper no. 18 237, octubre 2003, disponible en http: //www. ssrn. com/abstract=311275.
Gobierno Corporativo y Códigos de Mejores Prácticas • Varios países desarrollados han encontrado que una manera de mejorar el gobierno corporativo de las empresas es a través de la creación de Códigos de Mejores Prácticas (CMP). • En Latinoamérica, 4 países ya tienen Códigos de Mejores Prácticas : México: Junio del 1999 Brasil: (1) Abril del 2001; (2) Junio del 2002 Colombia: Agosto del 2002 Venezuela: Agosto del 2003 (inicio) Argentina: Código IAGO (2006) • Establece “mejores prácticas” para empresas en bolsa. La adhesión al Código es voluntaria, pero la revelación de información acerca del cumplimiento con el mismo es obligatoria. Se emite una calificación anual para cada empresa. • Ventajas: Diferencía a las empresas que sí protegen de las que no lo hacen Permite a los inversionistas premiar con mayores múltiplos (menor costo de capital) a las empresas con mejores prácticas. 19
Gobierno Corporativo y Códigos de Mejores Prácticas • Aunque los Códigos tienen factores comunes, cada uno de ellos recoge la problemática o características principales de cada país. • En términos generales, los Códigos establecen principios mínimos, de adhesión voluntaria, para mejorar el gobierno corporativo. • Las recomendaciones de los CMPs se refieren principalmente a cinco áreas: Consejo de Administración Auditoría y Contabilidad Remuneración del Consejo Selección de Miembros del Consejo Derechos de los accionistas 20
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO Que sabemos del GC de las Sociedades Cotizadas en Argentina? (Estudio CEF) • Marco legal razonable (aunque mejorable) y bajo nivel de enforcement • Estructuras de capital relativamente simple, con capital concentrado (63% votos/57%capital) e importancia de los accionistas extranjeros (54%) • Directorios con mucha dispersión, siendo 7 la media y 3 la moda y 2 el numero de independientes. • Nivel de GC medido por ITD es bajo 41/100 y 45/100 en 2003/2004 • Alto componente endógeno (tamaño y emisión ADR´s) y rol Presidente/CEO. • Los Inversores Institucionales tienen una opinión peor que lo que surge del Indice (aun cuando su universo es el de las que tienen mejor calificación). • Se verificó una correlación positiva entre ITD y el ROA y q de Tobin 21
1. - IMPORTANCIA DE UN BUEN GOBIERNO CORPORATIVO ETAPAS DEL LARGO CAMINO PARA UN BUEN GC 1 RA ETAPA: Resistencia (ej. mayores costos; ideas foráneas; distinta realidad local; etc. ) 2 DA ETAPA: Resignación (ej. “cumplo-miento”; papeleo; cumplir con la formalidad; etc. ) 3 RA ETAPA: Convicción 22
2. Tendencias Derecho Comparado 23
2. - TENDENCIAS REGULATORIAS (Diferencias entre Modelos Corporativos) 24
2. - TENDENCIAS REGULATORIAS Convergencia hacia Ley Sarbanes-Oxley Directivas y reformas Europeas Reglas mundiales más estrictas Principios OECD 25
2. Tendencias Regulatorias Regulación de EEUU (Sarbanes-Oxley Act) 26
2. - TENDENCIAS REGULATORIAS Fallas del Gobierno Corporativo en EE. UU. • Causas de los escándalos de gobierno corporativo en EEUU: Fallas en los deberes fiduciarios (deber de lealtad y deber de cuidado) a. Falta de independencia b. Conflictos de interés Insuficiente información contable y de transaciones relacionadas a. Contabilidad de alto riesgo b. Actividades no registradas en los libros (off-the-books) • Consequencias: Transacciones relacionadas con beneficios para directivos y accionistas en control. Excesiva compensación a los directivos. Auditores, abogados, intermediarios financieros, y analistas con 27 lealtades comprometidas.
2. - TENDENCIAS REGULATORIAS Impacto de los Escándalos Corporativos en los EEUU Ø Los escándalos corporativos en los Estados Unidos generaron una reacción en el sistema regulatorio de mercados (Sarbanes. Oxley Act, NYSE & Regulaciones de NASDAQ, etc. . ) Ø Impacto del nuevo conjunto de reglas: 1. Concientización de la importancia del Gobierno Corporativo: GC necesita reforma continuamente Aumentó el estándar en muchas áreas Ha enfocado el trabajo en dos áreas: Ø Prácticas contables y auditoría Ø Conflictos de Interés, particularmente relevante para países con alto grado de concentración accionaria. Iniciativas de GC en otros países han sido revitalizadas y 28 aceleradas.
2. - TENDENCIAS REGULATORIAS Impacto de los Escándalos Corporativos en los EEUU Ø Impacto del nuevo conjunto de reglas: 2. Exportación de regulación “de facto” para: Ø Empresas extranjeras con ADRs Ø Empresas que reportan bajo el Acta de SEC 216 empresas latinoamericanas cotizan en la bolsa de los EE. UU. (OTC incluido): Ø 88 empresas latinoamericanas cotizan en NYSE Ø 5 empresas latinoamericanas cotizan en NASDAQ 29
2. - TENDENCIAS REGULATORIAS LINEAMIENTOS DE SARBANES-OXLEY • Crea un Organo de supervisión de los Auditores (PCAOB) • Establece fuertes reformas que afectan a: – Emisores – Comités de Auditoría – Directorios / Funcionarios corporativos – Auditores • Establece penalidades para Directores y Ejecutivos • Establece fuertes reformas en materia de Gobierno Corporativo • Amplía el rol y los requerimientos de independencia de los comités de auditoría • Establece mayores restricciones a los auditores en materia de independencia • Establece nuevos requerimientos para los emisores en 30 cuestiones de reporte financiero
Requisitos de la Ley Sarbanes-Oxley de 2002 Información: Presentar información de mayor calidad Artículo 302 Certificaciones de la Gerencia • La Gerencia certifica: n n n Revisión de estados contables trimestrales y anuales. Los estados contables se presentan de manera razonable, y los informes no contienen manifestaciones no veraces ni omiten hechos significativos. Responsabilidad con respecto a los controles y procedimientos de divulgación, y a los controles internos sobre la presentación de información contable. Evaluación de los controles y procedimientos de divulgación al cierre del período, y divulgación de todo cambio material que haya ocurrido en los controles internos durante el período. Poner al tanto a los auditores / el Comité de Auditoría de toda deficiencia, debilidad o defraudación significativas que existan. Artículo 401 Información extracontable y pro forma • Se mejora la presentación de: n n Información sobre operaciones extracontables. Información contable pro forma o que no se ajusta a los GAAP. Artículo 404 Evaluación de los controles internos • Los estados contables deben incluir la evaluación de la gerencia con respecto a la eficacia de los controles internos sobre la presentación de información contable. • El auditor debe certificar la evaluación de los controles internos que efectúa la Gerencia y emitir un informe al respecto. Artículo 409 Divulgación en tiempo real por parte del emisor • Información oportuna de los cambios significativos que ocurran en la situación patrimonial o en las operaciones. Funciones: Reforzar las buenas prácticas de gobierno societario Artículo 204 Comunicaciones del auditor con el Comité de Auditoría • Se incrementan las comunicaciones entre el auditor y el Comité de Auditoría acerca de las políticas y prácticas contables fundamentales, los tratamientos contables alternativos y demás comunicaciones escritas significativas con la Gerencia. Artículo 301 Normas del Comité de Auditoría • El Comité de Auditoría es responsable directo de la designación, remuneración y supervisión de los auditores. • Estipula que sólo directores independientes pueden ser miembros del Comité de Auditoría. • Requiere llevar a cabo procedimientos ante denuncias de empleados u otros individuos. • Exige que la sociedad le provea financiamiento al Comité de Auditoría para remunerar a los auditores y demás asesores que el Comité de Auditoría considere necesarios. Artículo 402 Prohibición de otorgarles préstamos a los ejecutivos • Se prohíben los préstamos personales a funcionarios y directores. Artículo 407 Dar a conocer el nombre del experto contable del Comité de Auditoría • La sociedad debe revelar si el Comité de Auditoría Conducta: Exigir que los directivos rindan más cuentas de sus actos Artículo 303 Influencia indebida en el desarrollo de auditorías • Se considera un ilícito toda influencia fraudulenta, coacción, manipulación o engaño que sufra el auditor independiente por parte de todo director / funcionario o demás individuos que actúen a instancias de ellos. Artículo 306 Negociación de títulos por parte de directivos durante períodos de veda de los fondos jubilatorios • Se prohíbe la compraventa de títulos durante el período de veda de los fondos jubilatorios. Artículo 403 Información oportuna de la compraventa de títulos por parte de los directivos • Se requiere información oportuna de la compraventa de títulos por parte de los directivos Artículo 406 Código de ética para los principales funcionarios financieros • Se exige que las sociedades revelen si cuentan con códigos de ética y si los han modificado de alguna manera o han otorgado alguna exención Artículo 806 Protección de los empleados denunciantes • Se considera un hecho ilícito tomar represalias contra los empleados denunciantes. cuenta con un experto en temas contables. 31
Requisitos de la Ley Sarbanes-Oxley de 2002 Penalidades: Aplicación: Ampliar las sanciones Incrementar el grado de supervisión Artículos 101 & 102 Creación del PCAOB (junta de supervisión contable de las empresas que cotizan en bolsa) • Se crea el PCAOB para supervisar la auditoría de las empresas que cotizan en bolsa. Tiene la autoridad de establecer normas de auditoría, control de calidad, ética e independencia para los auditores de empresas que cotizan en bolsa, quienes deben inscribirse ante el PCAOB. Artículo 104 Inspecciones de firmas contables • El PCAOB implementará un programa continuo de inspecciones para evaluar en qué medida cumple las normas profesionales cada una de las firmas contables inscriptas. Artículo 108 Normas contables • La SEC (comisión de bolsa y valores de los Estados Unidos) puede reconocer los principios contables establecidos por un organismo de normalización (por ejemplo, la FASB) como “generalmente aceptados". • La SEC debe llevar a cabo un estudio de las normas contables “basadas en principios”. Artículo 109 Financiamiento del PCAOB / FASB (junta de normas contables de los Estados Unidos) • Los emisores debe pagar un cargo anual, sobre la base de la capitalización bursátil, para financiar al PCAOB y al FASB. Artículo 408 Más revisiones de las presentaciones de las empresas que cotizan en bolsa por parte de la SEC • Incrementa la frecuencia de las revisiones de los formularios 10 -k y 10 -Q por parte de la SEC a un mínimo de una cada tres años. Artículo 307 Reglas de responsabilidad profesional para los abogados • Se requiere que los abogados le entreguen al máximo asesor letrado o al CEO (máximo responsable ejecutivo) las pruebas que existan de violaciones significativas a la ley de títulos valores o de incumplimientos del deber fiduciario por parte de la sociedad, y que informen al Comité de Auditoría en caso de que no hayan respuestas por parte de la Gerencia. Artículo 304 Renuncia a ciertas bonificaciones y utilidades • Se exige que el CEO y el CFO (máximo responsable financiero) renuncien a ciertas bonificaciones recibidas y a las utilidades obtenidas por la venta de títulos con posterioridad a un informe contable que luego se reexpresa a causa de una violación significativa a la ley de títulos valores por conducta indebida. Artículo 804 Plazo de prescripción para los casos de defraudación con títulos • Se alarga el plazo de prescripción para las causas en las que se denuncien defraudaciones con títulos privados. Artículo 906 Certificaciones de la Gerencia (disposición penal) • Certificación similar a la del Artículo 302, pero con penas para los funcionarios que otorgan una certificación “sabiendo” que no resulta veraz. • La Gerencia certifica que los informes periódicos: n Cumplen cabalmente los requisitos de la Ley de Mercados de Valores (Securities Exchange Act) de 1934. n Presentan de manera razonable, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial y los resultados de las operaciones del emisor. Artículos 1102 & 802 Alteración de registros o cualquier otra obstrucción de un procedimiento oficial y penas por alteración de documentos • Penas por alterar o destruir documentos en forma deshonesta o por obstruir de cualquier otra manera un procedimiento oficial. • Se aumentan las penas para todo aquél que altere documentos, incluidos los registros de auditoría, con el fin de obstruir una investigación. Relaciones: Incrementar el grado de independencia del auditor Artículo 201 Prohibición a los auditores de prestar ciertos servicios • Se prohíbe que el auditor preste ciertos servicios a las sociedades auditadas. Artículo 202 Aprobación previa por parte del Comité de Auditoría de todos los servicios prestados por los auditores • Se requiere que el Comité de Auditoría apruebe en forma previa todos los servicios de una firma de auditoría. Artículo 203 Rotación de los socios de auditoría • Se requiere que el socio a cargo de la auditoría y el segundo socio roten cada cinco años. Artículo 206 Restricciones sobre la contratación de miembros del equipo de auditoría por parte de la sociedad • Se requiere que transcurra un período de un año antes de que un empleado de la firma de auditoría que trabajó para la cuenta pueda ser contratado por el emisor para ocupar ciertos puestos clave en lo que hace a la supervisión contable. Artículo 105 Investigaciones / sanciones para los contadores • Se aumentan las penas para los contadores que no comparezcan, no presenten documentos o no colaboren con una investigación. 32
Forma de la Certificación requerida por Sarbanes-Oxley I, _______, certify that: 1. I have reviewed this [annual report on Form 10 -K] [quarterly report on Form 10 -Q] of the Company; 2. Based on my knowledge, this [annual]/[quarterly] report does not contain any untrue statement of a material fact or omit to state a material fact necessary to make the statements made, in light of the circumstances under which such statements were made, not misleading with respect to the period covered by this [annual]/[quarterly] report; 3. Based on my knowledge, the financial statements, and other financial information included in this [annual]/[quarterly] report, fairly present in all material respects the financial condition, results of operations and cash flows of the registrant as of, and for, the periods presented in this [annual]/[quarterly] report; 4. The registrant’s other certifying officers and I are responsible for establishing and maintaining disclosure controls and procedures (as defined in Exchange Act Rules 13 a-14 and 15 d-14) for the registrant and we have: a) designed such disclosure controls and procedures to ensure that material information relating to the registrant, including its consolidated subsidiaries, is made known to us by others within those entities, particularly during the period in which this [annual]/[quarterly] report is being prepared; b) evaluated the effectiveness of the registrant’s disclosure controls and procedures as of a date within 90 days prior to the filing date of this [annual]/[quarterly] report (the “Evaluation Date”); and 33 c) presented in this [quarterly]/[annual] report our conclusions about the effectiveness of the disclosure controls and procedures based on our evaluation of the Evaluation Date;
Forma de la Certificacion requerida por Sarbanes-Oxley 5. The registrant’s other certifying officers and I have disclosed, based on our most recent evaluation, to the registrant’s auditors and the audit committee of registrant’s board of directors (or persons performing the equivalent function[s]): a) all significant deficiencies in the design or operation of internal controls which could adversely affect the registrant’s ability to record, process, summarize and report financial data and have identified for the registrant’s auditors any material weaknesses in internal controls; and b) any fraud, whether or not material, that involves management or other employees who have a significant role in the registrant’s internal controls; and 6. The registrant’s other certifying officers and I have indicated in this [annual]/[quarterly] report whether or not there were significant changes in internal controls or in other factors that could significantly affect internal controls subsequent to the date of our most recent evaluation, including any corrective actions with regard to significant deficiencies and material weaknesses. 34
SARBANES-OXLEY: Cómo se relacionan las secciones 302 y 404 con el marco general de riesgo? Sección 302: “Certificación” trimestral de la Gerencia Marco general de riesgo Controles y Procedimientos Controles internos sobre la emisión de información contable de Exposición Sección 404: “evaluación” anual de la gerencia y certificación del auditor Es un sub-conjunto del marco general de riesgo 35
2. Tendencias Regulatorias Regulación Europea 36
2. - TENDENCIAS REGULATORIAS (EUROPA) INFORME WINTER PARA SOCIEDADES EN EUROPA • • • Informe Anual de Gobierno Corporativo Mejoramiento del sistema de información, comunicación y proceso de decisión de los Accionistas y uso de nuevas tecnologías; Define criterios de independencia y rol del Comité de Auditoría Deber de los directores independientes respecto al tratamiento de los accionistas minoritarios; nominaciones y remuneración de directores y auditoría financiera; Responsabilidad por estados financieros Responsabilidad directores (incluso “shadow directors”) en casos de insolvencia (“wrongful trading”) si no se rescata o liquida. 37
2. - TENDENCIAS REGULATORIAS (EUROPA) PRINCIPALES REFORMAS n n n ITALIA: Texto Unico 1998 y reforma orgánica de la Ley de Sociedades 2001 ALEMANIA: Ley de Control y Transparencia (“Con. Tra. G”) de 1998; Reporte Baums, 2001; Código Cromme, 2002 y Ley “Trans. Pu. G” del 2003. FRANCIA: Informe Vienot, 1995. Vienot II, 1999. Reforma a Ley Sociedades Mayo 2001. REINO UNIDO: Código Cadbury, 1992. Informe Hampel, 1997. Informes Higgs (Directores Independientes) y Smith (Comité de Auditoría), ESPAÑA: Código Olivencia, 1998. Informe Aldama, 2003. Reformas Legislativas Ley 44/2002. Ley 26 del 2003. Código 38 Unificado. 2006.
2. Tendencias Regulatorias Regulación Latinoamerica 39
2. - TENDENCIAS REGULATORIAS (EUROPA) PRINCIPALES REFORMAS n n ARGENTINA: Decreto Ley 677/01. Mayo 2001 BRASIL: Ley 23 del 2001. Novo Mercado Bovespa CHILE: Ley de Opas (19. 705). Diciembre 2000 MEXICO: Ley Reforma Mercado de Valores (Junio 2001) I 40
2. - REFORMA LEGAL ARGENTINA (DECRETO LEY 677/01) I. MECANISMOS DE TUTELA INDIRECTA (Régimen de Transparencia y OPA`s) 1. Conceptos Básicos 2. Transparencia en la Oferta Pública 3. Organización del Mercado 4. Ofertas Públicas de Adquisición 5. Conductas contrarias a normas de la Oferta Pública 6. Régimen Sancionatorio y Procedimiento II. - MECANISMOS DE TUTELA DIRECTA 1. Deberes y responsabilidad de los Administradores 2. Información Financiera 3. Flexibilización de Normas sobre Aumentos de Capital. Opciones 4. Esop`s y Recompra de Acciones 5. Oferta de Canje. Derecho de Voto. Solicitud Pública de Poderes 6. Funcionamiento Organos Sociales y Competencia de la Asamblea 7. Remuneraciones Directores 8. Actos o contratos con Partes Relacionadas 41
2. TENDENCIAS REGULATORIAS OECD LATINAMERICA ROUNDTABLE CONCLUSIONES Fuente: WHITE PAPER LATINAMERICA ROUNDTABLE OECD CARACTERISTICAS REGIONALES n. Estructuras concentradas n. Privatizaciones n. Sistemas previsionales n. Sistemas jurídicos y judiciales con debilidades n. Mercados poco profundos, ilíquidos y reduciéndose por la competencia extrazona 42
2. TENDENCIAS REGULATORIAS RECOMENDACIONES DE POLITICA • • • PRIORIDADES Consolidar el derecho de voto de los accionistas Tratamiento equitativo de los accionistas en cambios de control o en casos de retiro de la oferta pública Integridad de la información contable y mejora de la información sobre transacciones entre partes relacionadas Directores efectivos Calidad del marco legal y regulatorio Continuidad de la cooperación regional RECOMENDACIONES El derecho de los accionistas n El tratamiento equitativo de los accionistas n El papel de los “stakeholders” en el gobierno de las corporaciones n Información y Transparencia n Responsabilidad del Directorio n Mejora en el cumplimiento y la eficacia de las normas n Cooperación Regional n Fuente: WHITE PAPER LATINAMERICA ROUNDTABLE OECD 43
2. TENDENCIAS REGULATORIAS CONCLUSIONES • Tendencia a la convergencia pero importancia del tipo de Modelo de GC • Reformas Regeneracionistas vs. Reformas Orgánicas • Reforma Legal vs. Autorregulación • El GC forma parte de una agenda más amplia (fortalecimiento de las instituciones) • Alcance de la reforma (sociedades abiertas, intermediarios financieros, servicios públicos, cerradas) 44
3. REGIMEN LEGAL DE LAS SOCIEDADES COTIZADAS EN ARGENTINA 45
3. 1 CONCEPTOS BASICOS Normas legales especiales en la S. A. sin llegar a ser un tipo social específico. LSC: Control estatal permanente (Art. 299); normas especiales de información (Arts. 62, 237); institutos c/ regulación diferente – ej. derecho de preferencia- (Art. 194) fiscalización obligatoria (Art. 284); mayor flexibilidad pago dividendos (Art. 224); directorio y sindicatura colegiado (Arts. 255 y 284); etc. Ley 17. 811 de Oferta Pública y Normas CNV. Concepto de Oferta Pública: “A la comprendida por el artículo 16 de la Ley N° 17. 811. Asimismo, se considerará oferta pública comprendida en dicho artículo a las invitaciones que se realicen respecto de actos jurídicos con otros instrumentos financieros de cualquier naturaleza que se negocien en un mercado autorizado, tales como contratos a término, de futuros u opciones. ” “La COMISIÓN NACIONAL DE VALORES podrá establecer regímenes de información y requisitos para la oferta pública diferenciados teniendo en cuenta: la naturaleza del emisor, la cuantía de la emisión, el número restringido o especiales características de los inversores a los que va dirigida la emisión y, en general, cualquier circunstancia que lo haga aconsejable. ” Dto 677/01. 46
3. 1 CONCEPTOS BASICOS “Valores Negociables” “A los “títulos valores” mencionados en el artículo 17 de la Ley N° 17. 811, emitidos tanto en forma cartular como a todos aquellos valores incorporados a un registro de anotaciones en cuenta incluyendo, en particular, a los valores de crédito o representativos de derechos creditorios, a las acciones, a las cuotapartes de fondos comunes de inversión, a los títulos de deuda o certificados de participación de fideicomisos financieros o de otros vehículos de inversión colectiva y, en general, a cualquier valor o contrato de inversión o derechos de crédito homogéneos y fungibles, emitidos o agrupados en serie y negociables en igual forma y con efectos similares a los títulos valores, que por su configuración y régimen de transmisión sean susceptibles de tráfico generalizado e impersonal en los mercados financieros. Son aplicables a los valores negociables todas las disposiciones de la Ley N° 17. 811 relativas a los títulos valores. ” Régimen Legal de los Valores Negociables (Art. 4 Decreto 677/01). 47
3. 1 CONCEPTOS BASICOS “Interés Social” Considerando 27. Decreto 677/01 Que los deberes de lealtad y diligencia que deben tener los participantes en el mercado, son también de especial tratamiento en este acto, reafirmándose, como principio rector de la actuación de los administradores de los emisores, el “interés social”, precisado expresamente como el “interés común de todos los accionistas”, lo cual incluye, en el ámbito de las sociedades que acuden al mercado de capitales, la noción que en otros derechos y, en los mercados de capitales internacionales es aludida en términos de “creación de valor para los accionistas”. ARTICULO 8. Deber de lealtad y diligencia. “Los directores, administradores y fiscalizadores de las emisoras, éstos últimos en las materias de su competencia, deberán: I) Hacer prevalecer, sin excepción, el interés social de la emisora en que ejercen su función y el interés común de todos sus socios por sobre cualquier otro interés, incluso el interés del o de los controlantes”. 48
3. 2 INFORMACION Y TRANSPARENCIA a) Deberes de Información b) Régimen del Insider Trading b) Responsabilidad por Prospecto defectuoso e) Reg. Auditorias Externas e) Derecho de Información del Accionista 49
3. 2 INFORMACION Y TRANSPARENCIA a) Deberes de Información en la O. P. DEBERES DE INFORMACIÓN: DEBER DE GUARDAR RESERVA: Emisores: Información material. Crea la figura del “Responsable de mercado”. Intermediarios: Situaciones no habituales Insiders, Calificadores y Reguladores CNV: Información sobre tenencia. Toda persona respecto de: cambio de control y adquisiciones superiores al 5% Toda persona respecto de acuerdos parasociales que afecten el gobierno de la sociedad. (Art. 5) Regla (“disclosure or abstain rule”) Personas comprendidas: insiders, relación especial o temporal o accidental y subordinados. (Art. 7). INFORMACION CONTABLE: E. C. Consolidados. Notas Complementarias (Art. 64) MEMORIA AMPLIADA: Info s/empresarial; política dividendos; política de remuneración. 50
3. 2 INFORMACION Y TRANSPARENCIA b) Insider Trading y Fraude de Mercado INFORMACION PRIVILEGIADA: Prohibiciones a todas las personas que tienen deber de reserva y personas de art. 35 Ley 24. 083 SHORT SWING PROFIT: Deber de reembolso por compra y venta dentro de los 6 meses. (Art. 33) MANIPULACION Y ENGAÑO DE MERCADO: Norma que evita la manipulación de precios o volúmenes. Engaño de mercado: norma general antifraude. Agravante cuando es realizada por insider y accionistas de control. (Art. 34) 51
3. 2 INFORMACION Y TRANSPARENCIA c)Prospecto defectuoso RESPONSABILIDAD POR DEFECTOS EN EL PROSPECTO: Establece responsabilidad del emisor, directores y síndicos y firmantes del mismo, así como delos intermediarios que actúan como organizadores y/o colocadores y de los expertos. Régimen legal. Pautas de distribución de responsabilidad. (Art. 35). Legitimados Prueba de error u omision de un “aspecto esencial” Estándar del inversor común Presunción de relación de causalidad Monto de la indemnización Plazo de la acción Res. N° 400 reglamenta leyendas. 52
3. 2 INFORMACION Y TRANSPARENCIA d)Regulación del Auditor Externo Normas sobre Auditores Externos: Declaración Jurada. Sanciones. (Art. 12) Designación por asamblea, a propuesta del Comité de Auditoría (Art. 13). Facultades CNV de requerir información, inspecciones, recomendar principios, fijar criterios de independencia (Art. 14). Principio de Independencia del Auditor Externo Reglamentado por Res. Gral 400/02 Actividades de Gestión Custodia de Activos de la Emisora Servicios de Valuación Servicios Impositivos cuando impliquen toma de decisiones Servicios de Tecnología (regulado) Servicios de Auditoria Interna Proveedor de Servicios 53
3. 2 INFORMACION Y TRANSPARENCIA e)Derecho de Información del Accionista Asamblea de Accionistas: Convocatoria relevante 20 días antes incluir comentarios y/o propuestas (accionistas 2%) Ampliación de Plazo de 20/45 dias. Obligación de poner a disposición info Derecho a Derecho Especial de Inspección: Accionista Minoritario 5% Reglamentado R. G. 400 Designación de Auditor Externo propuesto por (Art. 14). 54
3. 3 ROL DEL DIRECTORIO IMPORTANCIA DE UN DIRECTORIO EFICAZ ØPrácticas del Directorio son consideradas más relevantes por Inversores que la info financiera (L. A. : 48% más; 32% igual; 20% menos). ØPagaría más por una compañía con buenas prácticas de Directorio –mayoría independientes; evaluación; compensación; etc. (L. A. 83% SI); Ø Porcentaje de la prima es más 20% en Argentina; Ø Los Inversores tienen esta ranking de tareas: 1) Estrategia; 2) Evaluar performance; 3) Evaluar Management; 4) Cumplir Ley y Etica; 5) Designar CEO; 6) Comunicación; 7) Determinar compensacion; etc. ) Ø En LA, el orden de preocupaciones es: 1) Derechos Accionistas; 2) Transparencia Información; y 3) Prácticas Directorio. FUENTE: Mc Kinsey & Company Investor Opinion Survey 55
COMITÉ DE AUDITORIA DENTRO DE LOS CUERPOS DE GOBIERNO Consejo de Vigilancia Asamblea De Accionistas Sindicatura Auditoría Comité Interna Directorio Comité de Ejecutivo Auditoría Director Auditoría Externa Gerente 56
ROL DEL DIRECTORIO (Según Códigos de Mejores Prácticas) ROL DIRECTORIO EN LOS CODIGOS DE BUENA PRACTICA (“comply or explain rule”) ØADHESION AL PRINCIPIO DE CREACIÓN DE VALOR Y DISTRIBUCION EQUITATIVA ØRESPONSABILIDADES CON LOS DEMAS STAKEHOLDERS ØCRITERIOS DE PERTENENCIA AL DIRECTORIO (Independencia, profesionalidad, competencia e integridad) ØSEPARACION PRESIDENTE/CEO ØADECUADO TAMAÑO ØADECUADA COMPOSICIÓN Y PARTICIPACION DE INDEPENDIENTES ØCOMPENSACION: MODERACION Y TRANSPARENCIA 57
ROL DEL DIRECTORIO (Según Códigos de Mejores Prácticas) ROL DIRECTORIO EN LOS CODIGOS DE BUENA PRACTICA (“comply or explain rule”) AGENDA DE UN DIRECTORIO EFICAZ Ø ESTRATEGIA Ø EVALUAR PERFORMANCE (planes de acción y de negocios) Ø MANTENER PRACTICAS DE GOBIERNO ADECUADAS Ø SELECCIONAR, COMPENSAR Y MONITORIAR AL MANAGEMENT Ø CONFLICTOS DE INTERESES Ø INTEGRALIDAD DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION FINANCIERA Y SISTEMAS DE CONTROL, INCLUYENDO INDEPENDENCIA AUDITORES Ø POLITICA DE INFORMACION Y COMUNICACIÓN (TAREAS SEGÚN CODIGOS DE MEJORES PRACTICAS) 58
ROL DEL DIRECTORIO (Perspectiva del Law&Economics) ROL DIRECTORIO EN LOS CODIGOS DE BUENA PRACTICA (“comply or explain rule”) RESPONSABILIDAD LEGAL DEL DIRECTORIO (DEBER DE LEALTAD) Ø INSUFICIENTE TIPIFICACION DE LAS CONDUCTAS DESLEALES Y LOS SUJETOS a) Importancia del catálogo de conductas b) Claridad de las reglas de procedimiento c) Extensión del deber de lealtad a las “fuerzas vivas” Ø POCOS PRECEDENTES JUDICIALES a) Facilitar la legitimación b) Transparencia Ø INEFICIENCIA DEL SISTEMA DE SANCIONES a) Carga de la prueba b) Volumen de la sanción 59
ROL DEL DIRECTORIO (Perspectiva del Law&Economics) ROL DIRECTORIO EN LOS CODIGOS DE BUENA PRACTICA (“comply or explain rule”) TENDENCIAS SOBRE RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES INTERROGANTE: Como ha de estructurarse el régimen de responsabilidad para maximizar el valor de la empresa? Es decir, como minimizar los costos de agencia, info asimétrica y costos transaccionales ? SOLUCION : “La hipótesis puede formularse así: el régimen de responsabilidad ha de estructurarse de tal modo que sea tan severo con el fraude (dolo) como indulgente con la negligencia (culpa)” , Paz Ares, OECD, 2002. PLANOS PARA PREDECIR SEVERIDAD / INDULGENCIA Ø INCENTIVOS PARA EL INCUMPLIMIENTO Y PELIGROSIDAD CONDUCTAS Ø SUSTITUIBILIDAD DE LOS MECANISMOS DE GOBIERNO Ø INCERTIDUMBRE SOBRE LA VALORACION DE LA CONDUCTA (Costos de error y sobrecumplimiento) 60
ROL DIRECTORIO EN LOS CODIGOS DE BUENA PRACTICA (“comply or explain rule”) RESPONSABILIDAD LEGAL DEL DIRECTORIO (Principios de la LSC) ØCarácter Orgánico de la relación entre la Sociedad y el Director ØEstándar legal “diligencia del buen hombre de negocios” ØImputación de los actos a la Sociedad ØResponsabilidad limitada accionista ØResponsabilidad personal, solidaria e ilimitada del Director ØResponsabilidad individual por asignación de funciones ØRégimen legal de responsabilidad no disponible ØTitulares de la acción de responsabilidad son la sociedad, accionistas y terceros (Acción Social e Individual) ØDeber de perseguir el “interes social” 61 ØFunción remunerada
REFORMA LEGAL DEL 677/01: ASPECTOS SALIENTES • Directores Independientes: Introduce y define el concepto Independientes • Comité de Auditoria: Mayoría de Directores Independientes. Res. 400 Reglamentó criterios de independencia de los directores y administradores. • Reuniones a Distancia: Permite reuniones por medios no presenciales Distancia (videoconferencia; internet; etc. ). Tiene por objeto incentivar la participación de directores extranjeros y reducir el costo del voto. Quorum: miembros presentes, excepto que estatuto prevea lo contrario. (Art. 65) • Infracciones al Deber de lealtad: Uso de activos sociales; lealtad aprovechamiento de oportunidades de negocios, abuso de facultades, conflictos de intereses. Caso de Duda: Se invierte la carga de la prueba (Art. 77). 62
RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO: DTO. 677/01 ROL DIRECTORIO EN LOS CODIGOS DE BUENA PRACTICA (“comply or explain rule”) • Deberes fiduciarios (lealtad y diligencia) de los Administradores (Art. 8) Objetivo: interés social y creación de valor en la empresa en beneficio del “interés común de todos sus socios” por sobre todo otro interés, incluso el interés de los controlantes. Abstenerse de procurar beneficios personales (deber de lealtad). Caso de Duda: Se invierte la carga de la prueba (Art. 77). Deber de minimizar los conflictos de intereses con otros incumbentes. • Deber de no favorecer a partes relacionadas en perjuicio de la sociedad administrada y cuidar que esas operaciones sean equitativas (Art. 73) • Apreciación del grado de responsabilidad de directores según su actuación individual y circunstancias del caso por “asignación de funciones del art. 274 L. S. (Art. 75). 63
RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO: DTO. 677/01 ROL DIRECTORIO EN LOS CODIGOS DE BUENA PRACTICA (“comply or explain rule”) • Ponderación en la responsabilidad según sea Director Externo/Interno (Art. 10) • Acción Social: Puede pedirse por la “parte proporcional”. (Art. 76). • Responsabilidad de los administradores, gerentes y síndicos por información suministrada al mercado y deber de velar por la idoneidad e independencia de auditores(Art. 8, a), v) ). • Remuneraciones Directores (Art. 74) Posibilidad de remunerar con opciones a los Directores que cumplan funciones técnico-administrativas. Debe computarse el precio de las opciones a los efectos del art. 261 L. S. Las Sociedades Emisoras pueden contratar seguro de responsabilidad civil para sus directores para cobertura del riesgo inherente a sus funciones. 64
COMITÉ DE AUDITORIA 3. 3 ROL DEL COMITE DE AUDITORÍA · Se trata de un cuerpo formado por directores que tiene por objeto opinar sobre los auditores externos que propone el directorio, vela por su independencia y supervisa el funcionamiento de los sistemas de control interno y la información que se envia al mercado. Puede intervenir en caso de conflictos de intereses (Función de Auditoria; de Control; de Información y Conflicto de Intereses) · NYSE los exige desde 1976, luego ampliado a SEC, que reforma exigencias en 1999 (Blue Ribbon Report) · Algunos de los países donde se exige obligatoriamente (USA, Alemania, Sudáfrica, Malasia, Tailandia) · En otros se recomienda su existencia (Brasil, India, México, Australia) 65
COMITÉ DE AUDITORIA (EEUU) • COMPOSICION: Todos Independientes Concepto de Independencia • “no fees other than board/committee fees” • “no “affiliated persons” (e. g. , controlling stockholders)” Al menos un “financial expert” • SEC ha definido que se entiende al efecto: • • understands GAAP, experience in preparing or auditing financial statements of comparable companies experience with internal controls and understanding of audit committee functions • Nuevas Responsabilidades en relación a los Auditores Externos “appoint, oversee and establish compensation of auditors resolve disagreements between management and auditor pre-approval of audit and permitted non-audit services” 66
COMITÉ DE AUDITORIA (EEUU) • Audit committees deben asegurarse que sus procedimientos son consistentes con las “best practices of audit committees”. • The “best practices of audit committees” son: “Monitor the financial reporting and disclosure process Interact with the outside auditors Oversee the internal auditors” • Nuevas responsabilidades respecto a transparencia informativa: Review management reports of internal controls Review expanded auditor report relating to internal controls Review auditor report to audit committee on: • • • critical accounting policies alternative treatments under GAAP material communications with management • Otras Obligaciones: “Audit committee to establish whistleblower procedures” 67
COMITÉ DE AUDITORIA (ESPAÑA) Ley de Medidas de Reforma del Sistema Financiero (Ley 44/2002, de 22 de noviembre) v Creación de un "Comité de Auditoría" Ø Número de miembros, competencias y forma de funcionamiento en los Estatutos. Ø Mayoría de Consejeros no ejecutivos. Ø Presidente sustituido cada cuatro años. Ø Funciones: § Informar en la Junta General de Accionistas sobre cuestiones que planteen los accionistas en materias de su competencia. § Propuesta al Consejo, para su sometimiento a la Junta, del nombramiento de Auditores. § Supervisión de la Auditoría Interna. § Conocimiento del proceso de información financiera. § Relación con los Auditores externos para recibir información. 68 § Impedir el uso de información privilegiada.
3. 3 COMITÉ DE AUDITORIA (DECRETO 677/01) Número de miembros: 3 ( Debiendo ser al menos 2 “independientes”, conforme art. 11, Res. N° 400/01). Criterio de Independencia: No reúne tal condición si es: a) miembro del directorio o dependiente de accionista con “participación significativa” (35% capital); b) tuvo relación de dependencia con sociedad últimos 3 años; c) tiene relaciones profesionales (individual o através del estudio al que pertenece) con sociedad o accionista significativo; d) es accionista con “participación significativa”; e) venda o provea bienes o servicios a la sociedad o accionista significativo por montos relevantes; y f) sea cónyuge, pariente hasta 4° grado de consanguinidad o 2° de afinidad con individuos que – de integrar el Directoriono serían independientes. ü Nombrado por el Directorio de entre sus miembros. ü Con versación en temas empresarios financieros o contables. ü Reuniones: una cada trimestre como mínimo. 69 ü Anualmente debe elaborar su Plan de Actuación.
COMITÉ DE AUDITORIA (ARGENTINA) TAREAS Y RESPONSABILIDADES ü Emitir opinión respecto de la designacion de Auditores Externos. ü Revisar planes de los Auditores internos y externos y evaluar su desempeño. ü Emitir una opinión cuando se emiten los informes sobre Estados Contables anuales. ü Analizar los servicios prestados por Auditores Externos y sus honorarios, así como velar por su independencia. ü Supervisar el funcionamiento de los sistemas de control interno y del sistema administrativo contable. ü Supervisar las políticas en materia de información sobre la gestión de riesgos. ü Opinar sobre la razonabilidad de las propuestas de honorarios y de planes de opciones sobre acciones de los Directores y Administradores que formule el Directorio. ü Verificar el cumplimiento del Código de Ética. ü Informar a la CNV en el supuesto de conflicto de intereses respecto de 70 operaciones con partes relacionadas.
3. 4 Derechos de los Accionistas y Rol de los Inversores Institucionales a) Derecho de Voto b) Competencia Asamblea c) Conflicto de Intereses d) Inversores Institucionales 71
3. 4 Derecho de Voto Oferta de Canje. Derecho de Voto. Solicitud de Poderes (Art. 70) CNV debe regular las Ofertas de Canje. Se da facultad para evitar ofertas coercitivas que afecten el derecho de voto. Voto de Entidades Depositarias: Sujeto a reglamentación de la CNV. Voto Divergente. Regula la solicitud pública de poderes Requisitos: Tenencia mínima del 2% y 1 año de antigüedad Mandato revocable y para una asamblea determinada. Responsabilidad de los solicitantes y entidades financieras por info del formulario 72
3. 4 Competencia Asamblea Competencia de Asamblea Ordinaria(Art. 72): Se establece competencia de la asamblea ordinaria la: 1) disposición y/o gravamen de todo o parte de los activos; y 2) contratos de gerenciamiento u otros contratos remunerados con % de los ingresos, ganancias o utilidades. 73
3. 4 Conflicto de Intereses Actos o contratos con partes relacionadas (Art. 73). Reglamentado por Res. Gral N° 400/02 Define “Parte Relacionada”: Incluye a directores, síndicos y gerentes; personas controlantes o que tengan una participación significativa en la emisora o su controlante; otras sociedades bajo control común; y ascendientes, descendientes, cónyuges o hermanos de cualquiera de las personas físicas antes mencionadas. Define “Monto Relevante”: 1% del PN si supera los $ 100. 000 (cien Mil). Hecho esencial: Obligación de informar Art. 5 Precio de Mercado: Directorio requiere opinión del Comité de Auditoría o 2 evaluadores independientes o Asamblea sin voto de accionistas con interés. Presume inválido e invierte la carga de la prueba. Remedio: 74
3. 4 Inversores Institucionales 1. - Jugadores: AFJPs (24. 241); Compañías de Seguro de Vida (20. 091) y Fondos de Inversión (24. 083) y normas reglamentarias. 2. - Regimenes de Inversión 3. - Obligación de concurrir a las asambleas y votar (Res. 22 Super) 75
3. 5 Régimen de las OPA´s Establece como principios rectores: a) Igualdad de Tratamiento; b) Principio de Información plena; c) Deber de las Administradores de no obstaculizar la OPA; d) que la sociedad no vea afectadas sus actividades Instaura un mecanismo de OPAs obligatoria, previa y parcial o total (“Opting out”) Reglamento de la OPA: a) Participación significativa (nunca< 35%); b) “Reglas de camino”: plazos, prorrateo, cómputos participaciones, mejor precio, revocación, etc. ; c) Irrevocabilidad y garantías de corresponder; d) Ofertas competitivas; y e) Información Prospecto de oferta, etc. Régimen de Participaciones Residuales. Control Casi Total (95%). Derecho del controlante y de los minoritarios. Precio Equitativo. Procedimiento. OPA y Retiro de Cotización Pago: ganancias líquidas y realizadas, sujeto a informe de liquidez que asegure solvencia Precio: Concepto de “precio equitativo”, entre distintos indicadores de mercado Facultad CNV de objetar precio: foco sobre proceso de decisión e informes producidos por las 76 partes.
3. 6 Estructura de Capital y reorganizaciones societarias. Adquisición de Acciones Propias Flexibilización de normas sobre Aumento de Capital. Opciones (Arts. 66 y 67) “Green shoe” : En caso de exceso de suscripciones, el Directorio puede aumentar la emisión si fue autorizado por la Asamblea. Dentro de Límite de Normas CNV. (Art. 66). Opciones: Se convalida la emisión autónoma de opciones (“warrants”). Se aplica régimen de las ONs. Convertibles. 77
3. 6 Estructura de Capital y reorganizaciones societarias. Adquisición de Acciones Propias Fusión: Normas Especiales. Prospecto. Esop´s y Recompra de Acciones (Arts. 68 y 69) Acciones destinadas al Personal: Límite de hasta el 10% del capital social. No hay derecho de preferencia. Puede entregarse como bonificación contra afectación de utilidades líquidas y realizadas. Recompra Res. Gral. N° 400/02: Autoriza la recompra acciones en la sociedad pública, sujeto a una resolución fundada e informe sindicatura y pago con reservas líquidas más informe liquidez : a) No puede exceder el 10% del capital social o % menor, según volumen de negociación. b) Adquiridas en exceso, deben disponerse dentro 90 días. c) Compras: En el mercado si no superan 25% volumen promedio durante 90 días u OPA. D) Enajenación: Dentro 3 años (salvo prórroga asamblea). Vdo. Plazo: disminución C. S. pleno derecho. Derecho de Preferencia art. 221 L. S. excepto: 1) plan para personal; 2) distribución 78 acciones; o 3) ventas en mercado inferiores al 1% del capital social en 12 meses.
3. 7 Enforcement y Régimen Sancionatorio. Arbitraje Obligatorio. Régimen Sancionatorio y Procedimiento (Res. N° 400/02 establece reglas) SANCIONES: Apercibimiento, multa (hasta $ 1. 5 MM); Inhabilitación (hasta 5 años); Suspensión (hasta 2 años); Prohibición para hacer oferta pública. Pautas a considerar: a) Daño confianza del mercado; b) magnitud de la infracción; c) beneficios generados por el infractor; d) volumen corporativo; e) actuación individual; f) reincidente. PROCEDIMIENTO Y SUMARIO: Reforma a la ley 17. 811. Sumario es impulsado por dependencia distinta a la que investiga y propone sanción. Multa: Efecto suspensivo de la sanción y posibilidad de medidas cautelares. SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE LA OFERTA PUBLICA: Por riesgo sistémico o peligro grave ARBITRAJE OBLIGATORIO: Reglamentado Res. Gral. N° 400/02 79
5114aaae02b3e5fda8190c13a6bfbf92.ppt